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Plataforma Digital de Atención de la Municipalidad Distrital de Miraflores
11 junio, 2020

Plataforma Digital de Atención de la Municipalidad Distrital de Miraflores

Ordenanza N° 542/MM

Esta Ordenanza regular el alcance y condiciones de uso de la Plataforma Digital de Atención de la Municipalidad Distrital de Miraflores, con la finalidad de posibilitar la tramitación de procedimientos administrativos, derechos de petición, acceso a la información, servicios exclusivos y no exclusivos, así como, pago de tributos y tarifario, registro, acceso y notificaciones en la casilla electrónica, acceso a descargar formularios en línea, entre otros, de manera no presencial.

La Ordenanza se aplica a todos los ciudadanos, administrados o contribuyentes del distrito, que requieren realizar trámites que son de competencia de la Municipalidad Distrital de Miraflores.

La Plataforma Digital de Atención es un módulo informático que permite realizar las operaciones, por medio electrónico, las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año.

La dirección electrónica es: www.miraflores.gob.pe/plataformadigital.

Los plazos de los procedimientos iniciados en la Mesa de Partes Digital de la Plataforma Digital de Atención, serán computados de acuerdo a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General de la siguiente manera:

  • Las solicitudes presentadas entre las 00:00 horas y las 17:00 horas de un día hábil, se consideran presentadas el mismo día hábil.
  • Las solicitudes presentadas después de las 17:00 horas hasta las 23:59 horas, se consideran presentadas el día hábil siguiente.
  • Las solicitudes presentadas los días sábados, domingos y feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran presentados el primer día hábil siguiente.

El pago por derecho de tramitación será aquél establecido por el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE u otro documento de gestión vigente.

Existen dos tipos de acceso para realizar operaciones en la Plataforma Digital de Atención:

  1. Los contribuyentes o responsables utilizarán el código de usuario y clave de acceso generados por ellos para consultas tributarias, a partir del usuario y contraseña original contenido en la Cuponera de Tributos 2020.
  2. En el caso de administrados que no estén en el supuesto antes citado, deben registrarse en miraflores.gob.pe/plataformadigital y solicitar un código de usuario y clave de acceso.

Los usuarios tienen la responsabilidad y el deber de:

  1. Adoptar las medidas correspondientes para evitar el uso del código de usuario y clave de acceso por parte de terceros no autorizados. El uso indebido del código y/o las claves de acceso faculta a la Municipalidad a restringir o suspender los mismos.
  2. Registrar toda la información requerida en la Plataforma Digital y en la Mesa de Partes Digital y mantener actualizada la información que proporciona para su identificación y contacto.
  3. Revisar su casilla electrónica en forma permanente a fin de tener conocimiento de los actos administrativos.
  4. Velar por el funcionamiento y seguridad de su equipo, software y conexión hacia los servicios que presta la Municipalidad por Internet. La Municipalidad no es responsable de daños o perjuicios que pudieran derivar de problemas o fallas motivadas por causas ajenas, tales como problemas del servicio de los proveedores de telecomunicaciones o software malicioso que pudiera infectar por medio de Internet los equipos de los administrados.

Los usuarios tienen derecho a:

  1. Acceder a los trámites incorporados en la Plataforma Digital de Atención.
  2. Obtener los usuarios y códigos de acceso para efectuar trámites.
  3. Solicitar ser notificados por Casilla Electrónica a través de la Plataforma Digital de Atención, hayan o no iniciado un trámite en dicha plataforma.
  4. A la privacidad de la información de conformidad con la legislación vigente.
  5. Efectuar el seguimiento de los servicios incorporados en la Plataforma Digital a través de la misma.

La Municipalidad de Miraflores se encuentra obligada a:

  1. Custodiar y mantener el archivo de la totalidad de solicitudes que se realicen en la Plataforma Digital de Atención, así como conservar el expediente electrónico que se origine en los procedimientos y actuaciones que sean gestionados a través de ella.
  2. Garantizar la accesibilidad, igualdad y protección de los datos personales de acuerdo a lo establecido en las normas de la materia.
  3. Efectuar las notificaciones que sean autorizadas por el administrado a través de la Casilla Electrónica de la Plataforma Digital de Atención.

En la tramitación de los procedimientos administrativos en la Plataforma Digital de Atención, se presume que la identidad del ciudadano, sus documentos y declaraciones, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, presunción que admite prueba en contrario, sujetándose a las sanciones y consecuencias establecidas por ley.

Toda solicitud y documentación que forma parte de un trámite iniciado a través de la Plataforma Digital es susceptible de ser verificada por la entidad.

La Municipalidad emitirá los actos administrativos materia del procedimiento, las respuestas a las solicitudes, los requerimientos y cualquier comunicación; debidamente suscritos por el funcionario competente a través de su firma digital, de acuerdo a la normatividad vigente.

A solicitud de los administrados, cualquier acto administrativo o tributario que esté vinculado a las competencias de la Municipalidad podrá ser notificado en su Casilla Electrónica, aún si dicho procedimiento no fue iniciado o solicitado a través de la Plataforma Digital.

También se ha aprobado el cronograma de implementación de la Plataforma Digital de Atención de la Municipalidad de Miraflores, el mismo que tendrá dos etapas:

  • Etapa 1: Plataforma Digital de Atención habilitada para el uso de los administrados que incluirá la posibilidad de presentar trámites TUPA/TUSNE gratuitos y no gratuitos, cartas externas y solicitudes y realizar el pago de los derechos de trámite por internet.
  • Etapa 2: Implementación de Casilla Electrónica integrada a la Plataforma Digital de Atención al Ciudadano.

Se exceptúa aquellas solicitudes u otros documentos cuyo ingreso por Mesa de Partes debe realizarse en forma presencial porque así lo ha establecido una norma o por la naturaleza y características de la documentación a presentar.

Esta Ordenanza entrará en vigencia a los ocho (08) días hábiles siguientes computados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

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