Miraflores, Lima
Lunes a Viernes
Ordenanza N° 542/MM
Esta Ordenanza regular el alcance y condiciones de uso de la Plataforma Digital de Atención de la Municipalidad Distrital de Miraflores, con la finalidad de posibilitar la tramitación de procedimientos administrativos, derechos de petición, acceso a la información, servicios exclusivos y no exclusivos, así como, pago de tributos y tarifario, registro, acceso y notificaciones en la casilla electrónica, acceso a descargar formularios en línea, entre otros, de manera no presencial.
La Ordenanza se aplica a todos los ciudadanos, administrados o contribuyentes del distrito, que requieren realizar trámites que son de competencia de la Municipalidad Distrital de Miraflores.
La Plataforma Digital de Atención es un módulo informático que permite realizar las operaciones, por medio electrónico, las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año.
La dirección electrónica es: www.miraflores.gob.pe/plataformadigital.
Los plazos de los procedimientos iniciados en la Mesa de Partes Digital de la Plataforma Digital de Atención, serán computados de acuerdo a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General de la siguiente manera:
El pago por derecho de tramitación será aquél establecido por el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE u otro documento de gestión vigente.
Existen dos tipos de acceso para realizar operaciones en la Plataforma Digital de Atención:
Los usuarios tienen la responsabilidad y el deber de:
Los usuarios tienen derecho a:
La Municipalidad de Miraflores se encuentra obligada a:
En la tramitación de los procedimientos administrativos en la Plataforma Digital de Atención, se presume que la identidad del ciudadano, sus documentos y declaraciones, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, presunción que admite prueba en contrario, sujetándose a las sanciones y consecuencias establecidas por ley.
Toda solicitud y documentación que forma parte de un trámite iniciado a través de la Plataforma Digital es susceptible de ser verificada por la entidad.
La Municipalidad emitirá los actos administrativos materia del procedimiento, las respuestas a las solicitudes, los requerimientos y cualquier comunicación; debidamente suscritos por el funcionario competente a través de su firma digital, de acuerdo a la normatividad vigente.
A solicitud de los administrados, cualquier acto administrativo o tributario que esté vinculado a las competencias de la Municipalidad podrá ser notificado en su Casilla Electrónica, aún si dicho procedimiento no fue iniciado o solicitado a través de la Plataforma Digital.
También se ha aprobado el cronograma de implementación de la Plataforma Digital de Atención de la Municipalidad de Miraflores, el mismo que tendrá dos etapas:
Se exceptúa aquellas solicitudes u otros documentos cuyo ingreso por Mesa de Partes debe realizarse en forma presencial porque así lo ha establecido una norma o por la naturaleza y características de la documentación a presentar.
Esta Ordenanza entrará en vigencia a los ocho (08) días hábiles siguientes computados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.