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SUNAT Fija Procedimientos para Elección de Entidad que Devuelva IGV a Turistas
5 octubre, 2021

SUNAT Fija Procedimientos para Elección de Entidad que Devuelva IGV a Turistas

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) determinó los procedimientos para seleccionar a una entidad colaboradora para la devolución del impuesto general a las ventas (IGV) a turistas.

La Resolución de Superintendencia N° 000145-2021/Sunat precisa que para tal fin se celebrará un concurso público a cargo de un comité de selección, que realizará todo acto necesario para cumplir con el encargo y seleccionar al que posteriormente obtendrá la calidad de entidad colaboradora de la administración tributaria.

La formalización será mediante un contrato con la Sunat, cuyo plazo de vigencia será no menor de tres años (renovable).

Por otro lado, en caso de que se detecte que la entidad colaboradora incumple alguno de los requisitos u obligaciones del reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, u otros establecidos, se notificará la infracción detectada, y se otorgará un plazo para recibir descargos.
De corresponder la pérdida de la condición de entidad colaboradora, la Sunat avisará sobre la decisión en la forma establecida en el respectivo contrato, señalando la fecha a partir de la cual surtirá efecto. Para ello se indicará un plazo no menor a 180 días calendario contados a partir de la notificación, con excepción del incumplimiento por abandono del servicio.

Asimismo, en caso de que la entidad decidiera voluntariamente desistir a este cargo o no renovar el contrato, deberá comunicar esa decisión a la Sunat en la forma establecida en el respectivo contrato con una anticipación no menor de 180 días a la fecha de vencimiento del plazo de operación previsto en el contrato.

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