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Dictan Medidas Extraordinarias para Reforzar la Respuesta Sanitaria en los Gobiernos Regionales en el Marco de la Emergencia Sanitaria
16 junio, 2020

Dictan Medidas Extraordinarias para Reforzar la Respuesta Sanitaria en los Gobiernos Regionales en el Marco de la Emergencia Sanitaria

Dictan medidas extraordinarias para reforzar la respuesta sanitaria en los Gobiernos Regionales en el marco de la Emergencia Sanitaria por los efectos del coronavirus (COVID-19)

Decreto de Urgencia Nº 067-2020

Se ha autorizado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), de manera excepcional, para que, durante el año fiscal 2020, efectúe las contrataciones de bienes y servicios relacionados con la prevención y control del COVID-19, que resulten necesarias para:

  1. El alojamiento temporal en cuarentena y alimentación completa diaria por un plazo de hasta catorce (14) días de los ciudadanos peruanos que retornen del extranjero, a requerimiento y a favor del Ministerio de Salud (MINSA), dando cumplimiento a las disposiciones establecidas por dicha entidad.
  2. El alojamiento temporal en cuarentena y alimentación completa diaria por un plazo de hasta catorce (14) días de las personas que retornen a su domicilio habitual en la jurisdicción de Lima Metropolitana, a requerimiento y a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), dando cumplimiento a las disposiciones establecidas por la entidad competente.
  3. El traslado para las personas señaladas en los literales a) y b) al destino que autorice previamente la Autoridad Sanitaria; así como la contratación de hasta cinco (05) días adicionales por concepto de hospedaje y alimentación, cuando hubieran culminado el periodo de cuarentena correspondiente y no se hubieran podido retirar del establecimiento de hospedaje por causas de fuerza mayor o ajenas a su voluntad, debidamente sustentadas.

Para financiar estas contrataciones, se ha autorizado una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la reserva de contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 10 500 000,00 (Diez millones quinientos mil y 00/100 Soles), a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

 

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