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Procedimiento para Acceder a Facilidades Excepcionales para el Pago de Multas Impuestas por la SUNAFIL
30 mayo, 2020

Procedimiento para Acceder a Facilidades Excepcionales para el Pago de Multas Impuestas por la SUNAFIL

Procedimiento para acceder a facilidades excepcionales para el pago de multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, en el marco del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1499

Resolución de Gerencia General N° 28-2020-SUNAFIL-GG

Como antecedente de esta norma tenemos al Decreto Legislativo Nº 1499, que estableció diversas medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos socio laborales de los trabajadores de la actividad privada en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada a nivel nacional mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA.

Mediante esta Resolución se ha aprobado el Procedimiento N° 001-2020-SUNAFIL/OGA denominado “procedimiento para acceder a facilidades excepcionales para el pago de multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL en el marco del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1499”.

También se ha dispuesto la publicación de dicho procedimiento en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe).

 

Prorrogan suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo

Resolución de Superintendencia N° 83-2020-SUNAFIL

A través de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de marzo del 2020, se dispuso la suspensión de diversos plazos del Sistema de Inspección del Trabajo y de la SUNAFIL; suspensión que fue prorrogada mediante Resolución de Superintendencia N° 80-2020-SUNAFIL.

Mediante esta Resolución, se ha prorrogado, hasta el 10 de junio del 2020, la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el primer párrafo del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, referido a las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.

Asimismo, se ha prorrogado, hasta el 10 de junio del 2020, la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el segundo párrafo del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, respecto de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.

También se ha prorrogado, hasta el 10 de junio del 2020, la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el primer párrafo del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, que comprende el cómputo de plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole que se encuentren sujetos a plazo, incluyendo a los procedimientos de acceso a la información pública, fraccionamiento del pago de multas y ejecución coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL.

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