Bienvenidos a Ahora Perú. Unidos por la Hospitalidad

D. Av. Larco 730

Oficina 503, Miraflores, Lima

09:00 a.m. – 18:00 horas

Lunes a Viernes

D.S Estado de Emergencia Nacional con Horarios de Toque de Queda
13 abril, 2021

D.S Estado de Emergencia Nacional con Horarios de Toque de Queda

Decreto Supremo N° 070-2021-PCM

Mediante este Decreto Supremo se ha modificado varias disposiciones que rigen durante el Estado de Emergencia Nacional decretado con motivo de la pandemia causada por el COVID-19.

En primer lugar, se ha prorrogado hasta el 18 de abril del 2021, la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle:

Nivel de alerta moderado:     De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta alto:                De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta muy alto:        De lunes a domingo desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.

Nivel de alerta extremo:        De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente; y, los domingos desde las 04:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.

Los días y horarios de la inmovilización social obligatoria no han sido modificados.

En segundo lugar, se ha extendido hasta el 18 de abril de, 2021, la prohibición del uso de vehículos particulares, según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle:

Nivel de alerta alto:                Domingo

Nivel de alerta muy alto:        Domingo

Nivel de alerta extremo:         Domingo

Excepcionalmente, podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente.

En tercer lugar, se ha prorrogado hasta el 18 de abril de 2021, la suspensión del ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de Reino Unido, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos catorce (14) días calendario.

En cuarto lugar, se ha extendido hasta el 18 de abril del 2021, en los departamentos y provincias que se encuentran en los niveles de alerta muy alto y extremo, la prohibición del uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, de la zona de mar, ni de la ribera de ríos, lagos o lagunas, con las excepciones previstas en el artículo 13 del presente Decreto Supremo, según corresponda. La realización de deportes acuáticos sin contacto y con distanciamiento físico o corporal no abarca la enseñanza de dichos deportes.

En quinto lugar, se han prolongado hasta el 18 de abril del 2021, los aforos establecidos según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento.

 

Share: