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Normas Legales: Protección al Consumidor
16 enero, 2020

Normas Legales: Protección al Consumidor

El día lunes 30 de diciembre de 2019, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI publicó en una separata especial del Diario Oficial El Peruano sus “Lineamientos Sobre Protección al Consumidor”.

Como se señala en la Introducción de este documento, la Sala Especializada en Protección al Consumidor ha elaborado dichos lineamientos con el objetivo de dar a conocer los principales criterios resolutivos adoptados en materia de protección al consumidor, con la finalidad de afianzar los principios de predictibilidad y seguridad jurídica de los pronunciamientos emitidos por la Autoridad en el marco de los procedimientos seguidos en vía ordinaria ante el INDECOPI.

Así mismo, ha precisado la Sala que dicho documento no tiene el carácter de precedente de observancia obligatoria, y en consecuencia los órganos resolutivos podrán apartarse de algún criterio recogido en los Lineamientos, siempre que dicha decisión se encuentre debidamente sustentada.

Los criterios aplicables al sector que deben ser resaltados son los siguientes:

1.2.5. Municipalidades: salubridad

En materia de vigilancia sanitaria en la elaboración y comercialización de productos alimenticios, la Ley Orgánica de Municipalidades asignó competencia exclusiva a las municipalidades para regular y controlar las condiciones de aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales en el ámbito local del servicio de elaboración y expendio de alimentos en restaurantes y locales afines. Ello se encuentra confirmado por los reglamentos respectivos.

Lo mencionado en el párrafo anterior no desconoce la competencia del Indecopi para advertir aquellos casos en los cuales se verifiquen lesiones a los derechos de los consumidores, como consecuencia de la inobservancia de las normas referidas a la idoneidad en el producto ofrecido.

Ver: Resolución N° 3348-2018/SPC-INDECOPI

De acuerdo con este criterio, las Municipalidades podrán sancionar a los establecimientos de expendio de comidas y bebidas cuando constaten infracciones relacionadas con el aseo, higiene y salubridad; e INDECOPI podrá sancionar al mismo establecimiento sólo cuando un consumidor se haya visto afectado por dichas infracciones, caso que se presenta, por ejemplo, cuando a un consumidor le expenden alimentos en mal estado.

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(foto: infonegocio)

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