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AHORA Perú Integra Comité Consultivo de Turismo de Lima Metropolitana
3 noviembre, 2023

AHORA Perú Integra Comité Consultivo de Turismo de Lima Metropolitana

 

Ordenanza No 2574. Mediante esta Ordenanza se ha creado el Comité Consultivo de Turismo de Lima Metropolitana (CCT LM), que tiene como objetivo establecer mecanismos de coordinación entre los sectores público, privado, sociedad civil y académico, a nivel metropolitano, así como conformar un espacio de consulta autorizada que permita el desarrollo de acciones y recomendaciones en favor de la actividad turística en la ciudad de Lima.

El Comité Consultivo está integrado por:
Sector público:

1. El Gerente de Desarrollo Económico, o quien este designe, como representante de la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
2. Un representante del Ministerio de Cultura – MINCUL
3. Un representante del Ministerio de Transporte y Comunicaciones – MTC
4. Un representante de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Tu-
rismo – PROMPERÚ
5. Un representante del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR
6. Un representante de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI
7. Un representante de la Autoridad Portuaria Nacional – APN
8. Un representante de la Policía Nacional del Perú – PNP
9. Un representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR
10. Un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado –
SERNANP
11. Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección
de la Propiedad Intelectual – INDECOPI
12. Un representante de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU
13. Un representante de la Municipalidad Distrital de Miraflores
14. Un representante de la Municipalidad Distrital de Barranco

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15. Un representante de la Municipalidad Distrital de San Isidro
16. Un representante de la Municipalidad Distrital del Rímac
17. Un representante de la Mancomunidad Municipal Lima Centro
Sector privado:
18. Un representante de la Cámara Nacional de Turismo – CANATUR
19. Un representante del Comité de Turismo de la Cámara de Comercio de Lima – CCL
20. Un representante del Buró de Convenciones y Visitantes de Lima – BURÓ LIMA
21. Un representante de la Asociación Peruana de Operadores de Turismo Receptivo e In-
terno – APOTUR
22. Un representante de la Asociación Peruana de Agencias de Viajes y Turismo – APAVIT
23. Un representante de la Asociación Peruana de Turismo de Aventura y Ecoturismo – AP-
TAE24. Un (1) representante de la Asociación Peruana de Hoteles, Restaurantes y Afines –
AHORA
25. Un representante de la Sociedad Hoteles del Perú – SHP
26. Un representante de la Asociación Femenina de Ejecutivas de Empresas Turísticas del
Perú – AFEET
27. Un representante de la Asociación de Guías Oficiales de Turismo – AGOTUR
28. Un representante de la Asociación Peruana de Profesionales Guías Operadores de Tu-
rismo – APEPGOTUR
29. Un representante de la Asociación Peruana de Transporte Turístico – APTTUR
Sector académico:
30. Un representante del Colegio de Licenciados en Turismo – COLITUR LIMA
31. Un representante de la Universidad de San Martín de Porres – USMP
Sociedad civil:
32. Un representante de la Asociación Nacional del International Council on Monuments and
Sites – Sede Perú, As. ICOMOS Perú

Las funciones del Comité Consultivo de Turismo de Lima Metropolitana – CCT LM son:

– Formular recomendaciones sobre lineamientos de políticas relacionadas con la actividad turística a nivel metropolitana.

– Establecer canales de comunicación entre el sector público y privado para lograr una visión conjunta sobre la actividad turística a nivel metropolitana.

– Emitir opinión sobre los planes, programas, proyectos e inversiones a nivel metropoli-
tano.

– Proponer acciones de facilitación turística, protección y defensa del turista.

– Promover el patrimonio turístico arqueológico (huacas) de nuestra ciudad.

– Identificar e impulsar destinos turísticos en Lima Metropolitana.

– Otras funciones afines que se sometan a consideración.

También se ha establecido que, el Comité Consultivo de Turismo de Lima Metropolitana-CCTLM, mediante acuerdo mayoritario de sus miembros podrá admitir la inclusión o separación de estos, según lo que establezca en su reglamento interno.
Se ha otorgado a la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en un plazo de 30 días para elaborar el Reglamento Interno del Comité Consultivo para la puesta en consideración y aprobación por sus integrantes.

Esta Ordenanza entró en vigencia a partir del siguiente día de su publicación.